Sacyl indemnizará a una mujer por mala praxis en el hospital
Percibirá 15.000 euros por el tratamiento tardío de una dolencia en el oído que entre otras secuelas le dejó una parálisis facial
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar a una paciente, de iniciales P.P.B, con un total de 19.831 euros por los daños y perjuicios sufridos a consecuencia de la asistencia sanitaria que se le prestó en el Hospital Comarcal Santiago Apóstol de Miranda y que, entre otras consecuencias, le ha dejado como secuela una parálisis facial.
La indemnización incluye 15.000 euros por daños y perjuicios y otros 4.831 euros más en concepto de los intereses legales por las sesiones de rehabilitación, según informaron fuentes de la asociación Defensor del Paciente.
Los hechos se produjeron en marzo de 2001 cuando la víctima contaba con 48 años. P.P.B. estaba siendo tratada en la consulta de O.R.L, del hospital comarcal, de una hipoacusia, una pérdida parcial de capacidad auditiva, y acúfenos, un fenómeno relacionado con la percepción que hace que el enfermo que lo padece note golpes o pitidos en el oído.
Sin embargo, no fue hasta transcurridos cuatro meses cuando le fue realizado un TAC cuyo resultado fue un diagnóstico de colesteoma, una especie de bulto en el tejido epidérmico que, aunque es benigno, tendría efectos muy negativos.
A pesar del diagnóstico, no fue hasta el día 3 de diciembre de 2001 cuando ingresó en el Santiago Apóstol para someterse a una intervención.
Transcurrieron, en total, nueve meses desde la primera consulta y cuatro meses desde el diagnóstico; un periodo de tiempo en el que el colesteoma aumentó de tamaño produciendo erosión y destrucción de las estructuras próximas.
Lesión del nervio
En la intervención quirúrgica, se lesionó el nervio facial pero no se advirtió, motivo por el cual tampoco se pudo reparar en el mismo acto, lo que claramente hubiera disminuido las secuelas. Como consecuencia, se produjo una parálisis facial que requirió una nueva intervención que se llevó a cabo en el Hospital General Yagüe de Burgos el 28 de febrero de 2003.
Ahora, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce que hubo mala praxis por el retraso en el tratamiento quirúrgico que se aplicó a la paciente pero no en la propia intervención.
A pesar de las innumerables sesiones de rehabilitación, tratamientos médicos y revisiones, la afectada presentaría las siguientes secuelas, según se plantea en el fallo judicial.
Hace referencia a parálisis facial periférica, defecto estético grave, cuadro depresivo, úlceras corneales de repetición, deformidad y desviación de la lengua. Un cúmulo de daños que ha afectado a la víctima en todos los aspectos de su vida personal, familiar, social y laboral.
fuente:
24.12.10 - 03:17 - http://www.elcorreo.com/alava/v/20101224/miranda/sacyl-indemnizara-mujer-mala-20101224.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario